Este 19 de enero marca el inicio del periodo de intercampañas del proceso electoral 2023-2024, proporcionando una pausa para que los partidos políticos resuelvan posibles diferencias sobre la selección interna de sus candidatos y candidatas a los más de 20 mil cargos de elección popular que se votarán el próximo 2 de julio. Además, se otorga al INE la oportunidad de revisar el cumplimiento de requisitos de los aspirantes.
Durante el periodo de intercampañas, que se extiende del 19 de enero al 29 de febrero, el Instituto Nacional Electoral (INE) ha establecido reglas para partidos y aspirantes a cargos públicos.
Lo que no pueden hacer:
- No podrán aparecer en spots, debates o mesas redondas o de análisis de radio y televisión donde esté presente más de una o un candidato.
- El contenido de su propaganda solo puede ser de carácter informativo.
- Los precandidatos o candidatos pueden asistir a actos privados y reuniones en los que expongan temas generales y de interés público, siempre que no llamen al voto ni incurran en actos anticipados de campaña.
Lo que sí pueden hacer:
- Pueden hacer propaganda política, pero únicamente para presentar la ideología, principios, valores o programas del partido, con el fin de transformar o confirmar opiniones; promover la participación democrática y sumar afiliados.
- Los promocionales en radio y TV podrán incluir referencias a temas de interés general y con carácter informativo, siempre y cuando no se hagan llamados a votar, referencias a candidaturas y plataforma electoral del partido que difunde el promocional.
- Se podrán difundir cuestionamientos o logros de la actividad gubernamental, siempre que el mensaje no señale a una candidatura o partido político de forma negativa o positiva para posicionarlo.
Respecto a los medios:
- La libertad de expresión de precandidatos, candidaturas y el derecho de los medios para ejercer su labor periodística están salvaguardados.
- Podrán realizar entrevistas y difundir piezas noticiosas sobre partidos, coaliciones, precandidaturas y candidaturas, respetando la equidad y disposiciones sobre la compra o adquisición de tiempo aire en radio y TV.
Actos anticipados de campaña en intercampañas:
Para que una acción constituya un acto anticipado de campaña, se deben contemplar tres requisitos:
- Que sea realizado por los partidos políticos, militantes, aspirantes, precandidatos o candidatos.
- Que ocurra antes, durante o después del procedimiento interno de selección de candidatos y previamente al registro constitucional de candidaturas.
- Que tenga el propósito de presentar la plataforma de un partido o coalición o promover una candidatura para obtener el voto de la ciudadanía en la Jornada Electoral.