La obsesión presidencial de militarizar la Guardia Nacional

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Militarizar formalmente a la Guardia Nacional se ha convertido en una obsesión presidencial. Por cuarta vez el Ejecutivo emprende un plan para adscribir la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional. Pero hay un problema, la Constitución señala con toda claridad que esa corporación tendrá un carácter civil, y que estará adscrita a la Secretaría de Seguridad Pública.

De hecho, esos candados fueron exigidos por la oposición en el Senado hace seis años para aprobar la reforma constitucional que creó la Guardia. Al puro estilo de López Obrador empero, eso nunca se respetó y de facto puso el mando de la Guardia en manos de los militares, en especial del general secretario de la Defensa Nacional.

En aquella ocasión, cuando planteó la reforma constitucional, propuso que la nueva corporación quedara al mando del Ejército, pero no hubo manera de que la oposición aceptara eso por el simple motivo de que militarizar la seguridad pública deviene inconvencional, es decir, viola los tratados de derechos humanos que México ha signado. De hecho, ningún país democrático del mundo encarga la seguridad pública a su ejército. Esto, por buenas razones, la historia muestra que hacerlo no es eficaz contra la inseguridad, y solo aporta violaciones masivas a los derechos humanos de la población.

Por ello, los estándares internacionales solo permiten la participación de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública cuando esta es extraordinaria, lo que significa, según la propia CoIDH, que sea excepcional, temporal y restringida a lo estrictamente necesario en las circunstancias del caso; que sea regulada, lo que exige que su actuación esté normada en ley; que sea fiscalizada, esto es, que la supervisen órganos civiles competentes, independientes y técnicamente capaces; y, que sea subordinada y complementaria, lo que implica que se supedite a las labores de las corporaciones civiles y sin invadir las funciones policiales y judiciales.

Con base en ello, cuando el Congreso le aprobó la reforma para crear la Guardia, también lo otorgó un permiso de 5 años para hacer uso de las fuerzas armadas en estos precisos términos exigidos por los estándares internacionales. Este permiso, luego se extendió hasta el 2028.

Esto es lo que ha generado cierta confusión, porque mucha gente cree que se le autorizó que la Guardia Nacional fuese militar, lo cual no es verdad.

Pues bien, aprovechándose del permiso, puso en los hechos en manos militares este cuerpo policial, y emitió un Acuerdo para formalizar esa adscripción a la SEDENA. Este Acuerdo fue impugnado y echado abajo por el Poder Judicial justo por violar la Constitución.

Más tarde, en un tercer intento, promovió una reforma a la Ley de la Guardia Nacional, para lo cual no requería de la mayoría calificada del Senado sino solo de la mayoría simple, y otra vez, puso en manos del Ejército a la Guardia.

La reforma también fue impugnada en vía de acción de inconstitucionalidad, lo que derivó en que la Suprema Corte la invalidara, y le ordenara que, a más tardar el pasado 1º de enero de 2024, regresara la Guardia a la Secretaría de Seguridad Ciudadana, pero ¿qué cree usted?, pues que, de nuevo muy a su estilo, el presidente ignoró la instrucción judicial y mantuvo, hasta la fecha, a la Guardia en manos de militares.

No cabe duda, el presidente es un violador serial de la Constitución, y de la ley. Y en un cuarto intento, el pasado 5 de febrero presentó una iniciativa de reforma constitucional con el mismo propósito, calculando que antes de terminar su gestión, contaría con mayoría calificada en ambas cámaras del Congreso.

Es así que la nueva legislatura está aprobando en fast track, una reforma más, para satisfacer esa que se ha vuelto una obsesión presidencial de militarizar formalmente la Guardia Nacional.

Curiosa cuestión veremos, resulta que tendremos en nuestra Constitución algunos preceptos que violan tratados internacionales de derechos humanos, y dado que de acuerdo con el artículo 1º de la Carta Magna esos tratados son parte de la propia Constitución, tendremos preceptos constitucionales inconstitucionales.

Ya en otros casos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha condenado a México a cambiar la Constitución por lo mismo, como es el caso de la figura del arraigo, y el de la prisión preventiva oficiosa. Ya veremos qué dice ahora.

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