Estacionarse en un espacio exclusivo para personas discapacitadas está prohibido para los conductores de la Ciudad de México (CDMX). Según el Reglamento de Tránsito de la CDMX compartido por la Secretaría de Seguridad Ciudadana, hacerlo puede resultar en una multa significativa.
El artículo 30 del Reglamento establece claramente la prohibición de estacionarse en cajones exclusivos para personas con discapacidad, identificados debidamente por marcas en el pavimento, guarnición y señalamiento vertical informativo. La única excepción son los vehículos con placas de matrícula para personas con discapacidad o aquellos que estén realizando el ascenso o descenso de personas con discapacidad por un máximo de 20 minutos.
Te puede interesar: Estas son las multas por desperdiciar agua en CDMX y Edomex
Los conductores que desatiendan esta normativa podrían enfrentar multas de hasta 3 mil 257 pesos mexicanos, equivalentes a 20, 25 o 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente. Además, podrían perder hasta seis puntos de su licencia de conducir.
Además de los espacios exclusivos para personas con discapacidad, existen otros lugares donde está prohibido estacionarse en la CDMX, como carriles exclusivos de transporte público, vías primarias, banquetas, ciclovías, entre otros.
Las autoridades instan a los conductores a respetar estas regulaciones y a no estacionarse en lugares destinados a personas con discapacidad, para garantizar la accesibilidad y seguridad de todos los ciudadanos en la vía pública.