No a la sobrerrepresentación

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La Secretaría de Gobernación, y a últimas fechas incluso el propio presidente de la República, han estado presionando a las autoridades electorales para que estas le asignen a los partidos de la coalición oficialista “Sigamos Haciendo Historia” una cantidad de diputados plurinominales exorbitante que dichos partidos y dicha coalición no ganaron en las urnas. Así de simple, mediante triquiñuelas legaloides e interpretaciones erróneas de la Constitución, pretenden hacerse de una mayoría calificada que no obtuvieron en las urnas.

Decimos que pretenden defraudar la voluntad popular porque el oficialismo obtuvo el 54% de los votos en las urnas, y pretende alcanzar una cantidad de diputados que representa el 74% de las curules. Ese diferencial de 20 puntos es la sobrerrepresentación que quieren obtener en la mesa.

A lo largo de la historia, poco a poco, la Constitución fue incorporando representantes de las minorías para democratizar la política mexicana. Así, en 1963 se creó la figura de los diputados de partidos, y luego, la reforma política de Reyes Heroles de 1977 introdujo la figura de la representación proporcional. Ya con la gran reforma electoral de 1996 se puso el límite del 8% a la sobrerrepresentación. Estas disposiciones tuvieron el propósito de que las minorías estuvieren correctamente representadas, y con ellas, sus votantes; se trataba de darle la voz debida a todo el electorado, y no solo a quienes ganaban la elección.
Pues hoy, el gobierno intenta que se interprete la Constitución de manera sumamente restringida y legalista, para asignar a cada uno de los partidos integrantes de su coalición, una sobrerrepresentación que ya en conjunto supera por mucho el límite máximo del 8%. Pero lo correcto, lo que debe hacerse para cumplir con el propósito constitucional de que haya una cierta correlación entre los votos obtenidos en las urnas por cada fuerza política y la cantidad de legisladores con que dichas fuerzas cuenten en el parlamento, es interpretar la carta magna de manera garantista y teleológica, es decir, dando a las palabras el sentido adecuado para alcanzar el objetivo constitucional, buscando su finalidad.

Esta forma de interpretación es a la que nos obliga el artículo 1º constitucional y se conoce como “interpretación conforme”, la cual cuenta con un soporte doctrinal muy amplio construido por la Suprema Corte durante este siglo. De hecho, en 1998, cuando presidía el PRD, López Obrador interpuso una acción de inconstitucionalidad que fue resuelta nada más y nada menos que por la entonces ministra Olga Sánchez Cordero, que sentó una jurisprudencia que establece que el principio de representación proporcional tiende a impedir que los partidos dominantes alcancen un alto grado de sobrerrepresentación, y que, en consecuencia, las reglas que lo norman deben analizarse “atendiendo no sólo al texto literal de cada una de ellas en particular, sino también el contexto de la propia norma que establece un sistema genérico con reglas diversas que deben analizarse armónicamente, pues no puede comprenderse el principio de representación proporcional atendiendo a una sola de éstas, sin en su conjunto; además, debe atenderse también a los fines y objetivos que se persiguen con el principio de representación proporcional y al valor del pluralismo político que tutela”.

No queda duda pues, de que, ahí donde el artículo 54 de la Constitución establece que “En ningún caso, un partido político podrá contar con” una sobrerrepresentación superior al 8%, debe entenderse que se refiere no exclusivamente a partidos políticos, sino a coaliciones, ya que solo así se cumpliría el propósito constitucional de velar por el pluralismo. De hecho, de interpretarse de manera literal como pretende el gobierno, estaríamos en un supuesto muy extraño, ya que el mismo artículo señala que para que un partido político tenga derecho a la asignación de diputaciones plurinominales, es necesario que haya registrado candidatos en al menos 200 de los 300 distritos, y es el caso que ni Morena, ni el PT, ni el PVEM registraron tal cantidad por sí solos, sino tan solo 55 en su conjunto, el resto fueron registrados por la coalición, de tal manera que, si interpretamos ese artículo de manera restrictiva, ni siquiera tendrían derecho a la asignación de plurinominales.

El caso es que mediante esta trampa la 4T quiere conseguir la mayoría calificada que le permitiría continuar la agenda de destrucción de la democracia. Para impedirlo -y salvar la república- es menester manifestarnos. Nos vemos el próximo domingo 11 de agosto, a las 11am, frente al INE.

Por @PerezEsquer

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