La complejidad práctica de votar por los jueces

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Mucho se ha hablado del grave error que de fondo significaría aprobar la propuesta de reforma judicial que ha planteado el presidente de México; de hecho, hace apenas tres días, un grupo de 23 ex jefes de Estado de la región iberoamericana advirtieron sobre el despropósito que implica, y con toda claridad expusieron las similitudes que encuentran entre dicha propuesta y lo que ha ocurrido en otros lares de la iberósfera para consolidar regímenes autoritarios y hasta dictatoriales; pero poco se habla de la complejidad técnica y práctica que implicaría llevar a cabo un proceso electoral para elegir jueces, magistrados y ministros.

La iniciativa presidencial señala que las y los electores votaremos en las urnas por ministros de la Corte, magistrados electorales, magistrados del nuevo Tribunal de Disciplina Judicial, magistrados de circuito, magistrados de apelación, y jueces de distrito, además de los magistrados y jueces locales. También indica que para la SCJN, para el TEPJF, y para el nuevo Tribunal de Disciplina Judicial, cada uno de los tres Poderes de la Unión propondría diez candidaturas, mientras que, para el resto de los magistrados y jueces, cada Poder propondría dos candidaturas por vacante. Y además, precisa que la votación sería por circuitos judiciales, en cada uno de los cuales hay aproximadamente 8 Tribunales Colegiados de Circuito, 2 Tribunales de Apelación, y 14 juzgados de distrito, lo que implica que cada votante sufragaría por juzgadores nacionales, y por los que correspondan a su circuito judicial (además de los de su entidad federativa). Tomando en cuenta los supuestos anteriores, y para tener un panorama de la complejidad que implicaría hacer esta votación, hagamos las matemáticas:

  1. Dado que la propuesta indica que la SCJN se conformaría por 9 ministros, y ya no por 11, tendríamos que votar por 9 ministros, de una lista de 30 candidatos.
  2. El nuevo Tribunal de Disciplina Judicial se integraría por 5 personas, por lo que votaríamos también por 5 candidatos de una lista de 30.
  3. Para el TEPJF votaríamos por 7 magistrados, de una lista de 30 candidaturas.
  4. Ahora bien, como el TEPJF cuenta con una sala especializada en materia de actos anticipados, propaganda, uso de recursos públicos y violencia política en razón de género, que está compuesta por 3 personas, habría que votar por 3 candidatos de una lista de 18 propuestas.
  5. Así mismo, el TEPJF cuenta con cinco salas regionales integradas por 3 personas cada una, por lo que tendríamos que votar por otras 3 personas de una lista de 18, para integrar la sala regional de la circunscripción que nos corresponda.
  6. Para efectos de nuestro circuito judicial, deberemos votar por 14 jueces de distrito. Es decir, escogeríamos a 14 personas dentro de una gran lista de 84 candidaturas. Estas 84 candidaturas estarían divididas en 14 bloques de 6 propuestas cada una, entre las cuales habría que votar por una de cada bloque.
  7. Votaríamos también por 8 Tribunales Colegiados de Circuito, integrados cada uno por tres magistrados. Es decir, por 24 personas, de una gran lista de 144 candidatos. Esta lista estaría dividida en 8 bloques de 18 candidaturas, entre los cuales habría que seleccionar a 3 de cada bloque.
  8. Así mismo, votaríamos por 2 Tribunales de Apelación, integrado cada cual por 3 magistrados. Sufragaríamos pues, por 6 personas, de una lista de 36 propuestas. Serían 2 bloques de 18 integrantes cada uno, de los cuales habría que votar a 3 de cada bloque.
  9. La iniciativa no deja claro cómo se votaría por los 169 jueces especializados en el nuevo sistema de justicia penal, adscritos a los distintos Centros de Justicia Penal Federal; ni por los 7 adscritos a los Juzgados Especializados en Ejecución de Sentencias; ni por los 10 jueces adscritos al Centro Nacional de Justicia Especializado en Control de Técnicas de Investigación, Arraigo e Intervención de Comunicaciones; y tampoco se habla de los 93 jueces laborales de los nuevos Tribunales Laborales Federales.
  10. A todo lo anterior habría que sumar las votaciones de jueces y magistrados locales, que en la mayoría de los Estados se elegirían en la misma jornada electoral.

En suma, solo para elegir juzgadores, nos darían decenas de boletas electorales integradas cada una por entre 6 y 30 candidaturas. Es obvio que nadie tendría ni la más remota idea de cómo votar, y mucho menos de por quién votar.

Más allá del disparate que la reforma judicial implica en lo sustantivo, el solo procedimiento de votación la hace inviable desde el punto de vista práctico.

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