Suprema Corte ordena despenalización del aborto en Yucatán

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La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó amparo a la Asociación Civil Servicios Humanitarios en Salud Sexual y Reproductiva, ordenando al Congreso del Estado de Yucatán derogar los artículos del Código Penal que criminalizan el aborto.

Inicialmente, el proyecto de la ministra Ana Margarita Ríos Farjat proponía que los artículos 389, 390, 392 y 393 del Código Penal de Yucatán, que penalizan la interrupción del embarazo, fueran inaplicables únicamente en el ámbito jurídico de la Asociación Civil amparada, así como para las mujeres y personas con capacidad de gestar que reciban asistencia y acompañamiento de dicha asociación. Sin embargo, durante la sesión y a petición de la mayoría de los ministros de la Primera Sala, se decidió extender los efectos para que la despenalización del aborto se aplique en todo el estado de Yucatán.

«En cuanto a los efectos, se habían propuesto unos efectos limitados, pero la mayoría decidió que fueran amplios en relación con los precedentes», explicó la ministra Ríos Farjat.

Con esta resolución, el Congreso del Estado de Yucatán deberá proceder a derogar los artículos que penalizan el aborto, siguiendo los antecedentes y la determinación del Máximo Tribunal.

El fallo fue aprobado con tres votos a favor y dos en contra, incluyendo el de la ministra Ríos Farjat, quien inicialmente consideró que la protección de la ley debía limitarse exclusivamente a la Asociación Civil. Esta decisión representa un avance significativo en la defensa de los derechos reproductivos en México y sienta un precedente importante para la legislación estatal.

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