Senado aprueba el procedimiento para desaparición de poderes en Guerrero y Guanajuato

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En una sesión celebrada el 20 de marzo, el Senado de la República ha respaldado un acuerdo que establece el proceso para ejercer la facultad, conferida por el artículo 76 de la Constitución, de declarar la desaparición de poderes en los estados de Guerrero y Guanajuato.

La solicitud para declarar la desaparición de poderes en Guerrero provino del PAN, mientras que en Guanajuato fue presentada por Morena. La cuestión ha sido remitida a la Comisión de Gobernación para su análisis.

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La desaparición de poderes, de ser implementada en estas entidades, implica que el Senado asume la responsabilidad exclusiva de determinar la designación de un gobernador provisional.

¿Qué implica esta medida?

Según la legislación mexicana, la desaparición de poderes conlleva la extinción o pérdida de la capacidad para ejercer el poder político por parte del titular del Ejecutivo, así como las funciones de un cuerpo colegiado encargado del Poder Legislativo o Judicial en una entidad federativa.

  • Quebrantaren los principios del régimen federal
  • Abandonen el ejercicio de sus funciones, a no ser que medie causa de fuerza mayor;
  • Estén imposibilitados físicamente para el ejercicio de las funciones inherentes a sus cargos, que afecten la vida del Estado, impidiendo la plena vigencia del orden jurídico
  • Prorroguen su permanencia en sus cargos después de fenecido el período para el que fueron electos o nombrados; y,
  • Promuevan o adopten forma de gobierno o base de organización política distintas de las fijadas en los artículos 40 y 115 de la Constitución.
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