SCJN avala Ley de Hidrocarburos impulsada por AMLO

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El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimó la acción de inconstitucionalidad interpuesta por legisladores de oposición contra la reforma a la Ley de Hidrocarburos propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador y aprobada por el Congreso de la Unión en mayo de 2021.

El proyecto elaborado por el ministro Alberto Pérez Dayán respaldó la legislación en materia de hidrocarburos, argumentando que la suspensión de permisos a particulares por razones de seguridad nacional, seguridad energética o economía nacional no viola la Constitución.

Los permisos otorgados a empresas privadas se ampliaron con la reforma energética de 2014, pero con la enmienda de 2021 se endurecieron los requisitos, facultando al gobierno para suspenderlos temporalmente y tomar posesión temporal de sus instalaciones.

El ministro Pérez Dayán sostuvo que la suspensión de permisos no constituye una confiscación por parte del Estado ni afecta la seguridad jurídica de los permisionarios, considerándola simplemente una «molestia temporal».

El único voto en contra provino del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien argumentó que estas ocupaciones podrían ser consideradas expropiaciones directas.

Por otro lado, se confirmó la constitucionalidad del artículo Sexto Transitorio de la Ley, que permite la revocación de permisos que no cumplan con los requisitos establecidos, aunque se aclaró que esta revocación no es automática y debe llevarse a cabo con conocimiento y audiencia otorgada al interesado.

Asimismo, se ratificó el requisito de capacidad de almacenamiento para obtener o mantener permisos, determinado por la Secretaría de Energía, pero se aclaró que esta capacidad debe ser conforme a lo autorizado antes de la reforma.

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