SCJN avala etiquetado frontal de alimentos

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha confirmado la constitucionalidad de la reforma a la Ley General de la Salud y la alteración de la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, que establece un renovado etiquetado frontal para productos alimenticios, con el objetivo de desalentar la ingesta de productos no saludables.

De manera unánime, el Pleno de la Corte rechazó la petición de amparo presentada por la empresa Santa Clara Mercantil de Pachuca, quien cuestionó dicha reforma.

El ministro ponente, Alberto Pérez Dayán, argumentó que las modificaciones buscan brindar información a los consumidores sobre productos que podrían tener repercusiones negativas en su salud.

La empresa demandante alegó que el etiquetado supone un obstáculo al comercio y viola el Acuerdo Sobre Aplicación de Medidas Sanitarias Fitosanitarias de la OMC, al influir en las decisiones de los consumidores sin fundamentos científicos.

Pérez Dayán aclaró que el propósito del etiquetado frontal es identificar productos con exceso de nutrientes críticos para desincentivar su consumo, sin proporcionar información sobre sus aspectos positivos. El proyecto aprobado enfatiza que esta regulación no limita el comercio, ya que no impide la participación de los productores o comerciantes en el mercado.

La SCJN seguirá examinando amparos adicionales presentados por empresas como ‘Herdez’ y ‘Desde el Corazón del Fruto’, con la ministra Yasmín Esquivel Mossa también proponiendo rechazar el amparo en ambos casos.

Esta decisión reafirma el compromiso del país con la protección de la salud pública y el derecho a la información del consumidor.

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