Declaran improcedente denuncia para retirar a juez del caso Agronitrogenados

Fecha:

Un tribunal colegiado de apelación ha declarado improcedentes por extemporáneas las denuncias de impedimento presentadas por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), Petróleos Mexicanos (Pemex) y la Fiscalía General de la República (FGR) contra Genaro Gerardo Alarcón López, juez de control del Centro de Justicia Penal Federal en el Reclusorio Norte. Estas entidades buscaban que el juez se declare imposibilitado y renuncie a instruir el proceso del caso Agronitrogenados contra Emilio Lozoya Austin, exdirector de Pemex, acusándolo de parcialidad e ilegalidades también en el caso Odebrecht.

El pasado 8 de mayo, el juez Alarcón López afirmó su competencia en el caso, pero postergó la audiencia intermedia de Lozoya hasta que se resolviera su competencia. El caso fue revisado por los magistrados Manuel Bárcena Villanueva, Gabriela Vieyra Pineda y Juan Pedro Contreras Navarro, del Segundo Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal del Primer Circuito, quienes unánimemente determinaron que las recusaciones fueron presentadas fuera de tiempo.

Los magistrados explicaron que la recusación debe interponerse ante la autoridad jurisdiccional recusada, por escrito, y dentro de las 48 horas siguientes al conocimiento del impedimento. En la audiencia del 18 de abril de 2024, el fiscal presentó la recusación alegando que el 27 de octubre de 2023, el Agente del Ministerio Público de la Federación, Kristian Javier Jiménez Hernández, ya había denunciado al juez Alarcón López por un posible delito contra la administración de justicia.

El tribunal concluyó que la FGR omitió la formalidad y temporalidad requeridas para la recusación, ya que el impedimento se conocía desde octubre de 2023, pero se presentó hasta la audiencia del 8 de mayo de 2024. Por tanto, reiteraron la improcedencia de la recusación.

Finalmente, los magistrados aclararon que su decisión se limita a resolver la cuestión de la recusación y no se pronunciarán sobre la actuación del juez en otras audiencias ni sobre su competencia legal en el proceso penal en cuestión.

spot_img

Compartir noticia:

spot_img

Lo más visto