Confirma TJFA adeudo de Elba Esther Gordillo al SAT por más de 21 mdp

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El pleno del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) confirmó la resolución del Servicio de Administración Tributaria (SAT) que impuso a la ex dirigente del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), Elba Esther Gordillo Morales, el pago de un crédito fiscal por 21 millones 252 mil pesos. Este monto corresponde al Impuesto Sobre la Renta (ISR), actualización, recargos y multas de los ejercicios fiscales de 2008 y 2009.

Por unanimidad, los magistrados aprobaron el proyecto del magistrado Carlos Chaurand Arzate, quien declaró infundados los argumentos presentados por Gordillo Morales. La ex dirigente sindical había alegado que no se valoraron adecuadamente las pruebas que presentó para desvirtuar la legalidad de la resolución.

El magistrado Chaurand Arzate explicó que, al analizar la demanda inicial, Gordillo Morales argumentó que el crédito fiscal era ilegal, ya que la autoridad no fundamentó ni motivó de manera adecuada y no realizó el procedimiento de determinación presuntiva establecido en la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Sin embargo, se determinó que Gordillo Morales no acreditó que los depósitos en su cuenta bancaria y los pagos realizados con su tarjeta de crédito correspondían a erogaciones realizadas a un tercero. Tampoco presentó la documentación comprobatoria necesaria, lo que llevó a la conclusión de que se trataba de otros ingresos que debió acumular, independientemente del régimen en el que presentó su declaración.

En su demanda, Gordillo Morales reiteró que las pruebas aportadas no fueron debidamente valoradas, violándose su garantía de audiencia, debido proceso y derechos humanos. No obstante, el magistrado Chaurand Arzate calificó estos argumentos como infundados.

El magistrado destacó que Gordillo Morales no demostró que los ingresos en cuestión eran erogaciones de representación del SNTE. Tras analizar las constancias, el expediente y las pruebas aportadas, se concluyó que se otorgó a la actora un plazo para desvirtuar los hechos y omisiones observados en la revisión. Durante este periodo, en el que ya no estaba privada de su libertad, Gordillo Morales aportó diversas pruebas, las cuales fueron valoradas, pero no lograron demostrar que los depósitos y erogaciones correspondían a gastos de representación.

En consecuencia, se confirmó la presunción de legalidad del crédito determinado por el SAT.

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