Este año, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha divulgado las pautas sobre los conceptos a evitar al realizar transferencias electrónicas, con el propósito de prevenir investigaciones. Aunque las transferencias electrónicas son cómodas, es crucial conocer los términos permitidos y prohibidos para evitar consecuencias legales.
Para asistir a los usuarios bancarios, el SAT ha delineado los conceptos aceptados y desaconsejados para el presente año. Es esencial que estos conceptos sean transparentes, concisos y veraces, evitando nombres ficticios, bromas o términos que sugieran actividad delictiva.
Conceptos a evitar en transferencias bancarias
El SAT aconseja abstenerse de emplear términos como «lavado de dinero» o frases como «para mi hermano», «para mis caprichos» o «para mi ex pareja», ya que podrían interpretarse de manera ambigua, provocando investigaciones. Aunque puedan parecer simples transacciones, el SAT considera estos registros financieros susceptibles de investigación en caso de irregularidades, resaltando la importancia de elegir términos apropiados como indicativo de una conducta financiera responsable.
Conceptos permitidos por el SAT:
Los términos aceptables incluyen «despensa», «ahorro», «pago», «comida», «transporte», «deuda» o «tanda». Estos términos claros y directos facilitan la interpretación y reducen el riesgo de investigaciones.
Cambios en los límites para evitar investigaciones:
Desde el 2022, se estableció que movimientos por debajo de los 15 mil pesos no generan impuestos adicionales ni requieren investigación por parte del SAT. No obstante, si la cifra excede este límite, el banco está obligado a informar al SAT, que evaluará dichas transacciones. En caso de no justificar el origen del dinero o el pago de impuestos correspondientes, el usuario podría enfrentar una auditoría.
Recuerda estas pautas la próxima vez que realices transferencias bancarias para evitar complicaciones futuras.