Las comisiones unidas de Igualdad de Género y de Administración y Procuración de Justicia del Congreso de la Ciudad de México dieron su visto bueno a la tipificación de la violencia ácida, popularmente conocida como «Ley Malena».
Esta reforma legal contempla penas de hasta 27 años de prisión y la considera, en casos extremos, como intento de feminicidio.
El dictamen abarca modificaciones en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y el Código Penal local.
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Define la violencia ácida como cualquier acción que busque causar daño mediante el uso de sustancias corrosivas, inflamables, explosivas, entre otras, que puedan provocar lesiones temporales o permanentes, discapacidades o poner en peligro la vida.
Quienes cometan este delito enfrentarán de ocho a 12 años de prisión y multas de 350 a 700 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente.
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La pena puede aumentar hasta 18 años en casos como la pérdida de sentidos, daño permanente en órganos o cuando la víctima es un menor, una persona con discapacidad o la agresión se realiza en razón de género.
Además, si la violencia ácida es perpetrada por la pareja de la víctima, la pena se incrementará hasta en otra mitad, llegando así a 27 años de cárcel.