En una decisión que cambia el panorama electoral actual, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha resuelto a favor de la inclusión de Santiago Nieto, Alberto Esquer, y Eliseo Fernández en la contienda por un escaño en el Senado. Santiago Nieto, asociado con el partido Morena, y los candidatos de Movimiento Ciudadano, Esquer y Fernández, habían sido previamente excluidos del proceso electoral, generando controversia y debates legales.
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El TEPJF, tras evaluar los argumentos presentados por los afectados, determinó que las razones detrás de su exclusión no eran procedentes, ordenando así al Instituto Nacional Electoral (INE) reincorporarlos a las listas de candidaturas aprobadas. Este fallo destaca especialmente en el caso de Nieto Castillo, donde los magistrados, sin entrar en mayores discusiones y por mayoría de votos, respaldaron el proyecto presentado por el magistrado Felipe Fuentes Barrera. Este proyecto revoca una previa decisión de la Sala Regional Toluca que, hace dos semanas, había negado la candidatura a Nieto basándose en un recurso presentado por el Partido Acción Nacional (PAN) que cuestionaba su elegibilidad bajo criterios constitucionales.
La defensa de Nieto, enfocada en su residencia y arraigo en Querétaro, específicamente en San Juan del Río, donde afirma haber vivido toda su vida, fue crucial para demostrar el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad. El magistrado Fuentes Barrera, en su proyecto, señaló que la interpretación de la Sala Regional Toluca fue restrictiva y no acorde con el modelo constitucional de protección de derechos humanos.
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En cuanto a Alberto Esquer y Eliseo Fernández, el INE había rechazado sus candidaturas argumentando incumplimiento de la paridad de género. Sin embargo, la magistrada presidenta del TEPJF, Mónica Soto, propuso restituir estas candidaturas, explicando que Movimiento Ciudadano había cumplido con la paridad transversal al nominar a 16 mujeres y 16 hombres en sus primeras fórmulas de candidatura, manteniendo así un equilibrio de género y respetando el principio de competitividad requerido.