Mexicanos desconocen algunas prestaciones de fin de año

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El país se encuentra inmerso en el espíritu festivo mientras la mayoría de las regiones ostentan el semáforo epidemiológico en verde, permitiendo la reactivación de las festividades de fin de año en diversos círculos sociales. Sin embargo, la celebración responsable está atada al presupuesto, recordando a los ciudadanos la importancia de planificar sus gastos de manera consciente.

Derechos Laborales: Prestaciones de Fin de Año según la Ley Federal del Trabajo

En el ámbito laboral, los trabajadores formales gozan de diversas prestaciones, especialmente durante la temporada navideña. La Ley Federal del Trabajo establece claramente los derechos de los trabajadores, destacando el aguinaldo como la principal prestación.

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De acuerdo con la legislación vigente, cada trabajador en activo tiene derecho a recibir un aguinaldo anual equivalente a 15 días de salario, como mínimo. Este debe ser pagado antes del 20 de diciembre, asegurando una compensación justa para todos los trabajadores, incluso aquellos que no hayan laborado el año completo.

En caso de renuncia o despido antes de la fecha límite, los trabajadores tienen derecho a recibir un aguinaldo proporcional correspondiente a los meses trabajados en el año.

Primas y Beneficios Adicionales: Fondo de Ahorro como Gratificación Extra

Además del aguinaldo, algunas empresas ofrecen beneficios adicionales, como el fondo de ahorro, aunque no esté marcado como obligatorio por la Ley Federal del Trabajo. Este fondo constituye una gratificación donde se reserva una parte del salario, aportada tanto por el empleado como por la empresa.

La Ley de Impuestos Sobre la Renta establece que las contribuciones del empleado y del empleador deben ser iguales y no exceder el 13% del salario anual como parte de esta gratificación. Aunque no es obligatorio, muchas empresas adoptan esta práctica como un beneficio adicional para el bienestar financiero de sus empleados.

Días de Descanso Obligatorio: Planificación de Celebraciones

Durante la temporada navideña, la Ley Federal del Trabajo establece días de descanso obligatorio, incluyendo el 1 de enero, el 1 de diciembre cada seis años (en caso de transmisión del Poder Ejecutivo Federal), el 25 de diciembre, y aquellos determinados por las leyes electorales.

Ante este panorama, se insta a los trabajadores a planificar sus celebraciones tomando en cuenta estos días de descanso, permitiéndoles disfrutar de las festividades con tranquilidad y responsabilidad.

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