El fallo sienta un precedente histórico en casos de abuso a menores al reconocer que no existe prescripción en este tipo de delitos
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió por unanimidad negar el amparo solicitado por el productor Luis de Llano, dejando firme la sentencia que lo responsabiliza civilmente por el daño moral causado a la cantante Sasha Sokol, con quien sostuvo una relación cuando ella tenía apenas 14 años y él 39.

La decisión confirma la condena dictada en septiembre de 2023 por la Séptima Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, y obliga a De Llano a cumplir una serie de sanciones: ofrecer una disculpa pública, abstenerse de mencionar nuevamente a la artista, tomar un curso en prevención de conductas de abuso sexual y pagar una indemnización económica, cuyo monto aún será determinado por un juez de primera instancia.
Este fallo no solo representa un triunfo legal para Sokol, sino que marca un precedente fundamental en el derecho mexicano: por primera vez, la Corte reconoce que no existe un plazo de prescripción para que las víctimas de abuso sexual durante su infancia puedan presentar demandas civiles contra sus agresores, sin importar cuántos años hayan pasado desde los hechos.

La sentencia fue impulsada por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo y constituye un hito para la justicia de género en el país. En el caso específico, el tribunal capitalino encontró que, además de la relación con Sokol cuando era menor de edad, De Llano causó daño moral al referirse públicamente a los hechos en una entrevista transmitida en 2022.
Sasha Sokol ha manifestado su intención de donar la compensación económica que reciba a una asociación civil dedicada a prevenir abusos contra niñas, niños y adolescentes.