Mexicana de Aviación opera sin concesión ni certificación

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La nueva Mexicana de Aviación, una aerolínea de participación estatal mayoritaria, opera sin contar con la concesión para prestar el servicio público de transporte aéreo nacional e internacional, ni con el Certificado de Explotador de Servicios Aéreos (AOC) que otorga la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC).

Mexicana de Aviación opera sin concesión

Así lo señaló Pablo Casas, director del Instituto Nacional de Investigaciones Jurídico-Aeronáuticas (Inija), quien advirtió que la operación de la aerolínea viola la Ley de Aviación Civil y su reglamento, así como la Ley de Vías Generales de Comunicación.

«Está ignorando toda la normatividad que nos evaluaron para el regreso de la Categoría 1 en seguridad aérea, y estamos demostrando que seguimos violentado el derecho nacional e internacional», criticó.

Casas explicó que para que la aerolínea pueda comenzar a ofrecer los boletos de avión, requiere primeramente tener la concesión que otorga la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT).

«Dicha concesión, cuando se otorga, se tiene que publicar en el Diario Oficial de la Federación, cosa que no ha sucedido. Es decir, ni se ha entregado la concesión; ni siquiera se ha publicado en el Diario», enfatizó.

Una vez que el concesionario cuente con dicho derecho, necesita tener asimismo la certificación AOC, en la cual se establece una serie de requisitos que debe cubrir, como detallar la estructura orgánica de la aerolínea; qué tipos de aeronaves va utilizar; talleres de manteamiento; frecuencias, rutas y tarifas; puntos de venta, entre otros.

Agregó que para la obtención del Certificado AOC, un operador aéreo puede tardar mínimo un año en obtenerlo.

El especialista del sector aéreo agregó que la aerolínea militar debe tener los aviones con los que va a operar, un aspecto que consideró fundamental dado que, con base en ello, se puede establecer qué capacidad van a tener, el costo operativo que le van a generar, así como las tarifas para los consumidores, entre otros elementos.

«Por eso no pueden comercializar boletos, porque no tiene concesión ni certificación AOC ni tarifas autorizadas por la Secretaría de Hacienda ni por la SICT. A la aerolínea se le han dado privilegios desde que se creó y la asignación de presupuesto para operar», juzgó.

Casas consideró que el hecho de comenzar a ofrecer vuelos viola la Ley de Aviación Civil y su reglamento, así como la Ley de Vías Generales de Comunicación.

Asimismo, quebranta acuerdos internacionales, como el Convenio sobre Aviación Civil Internacional, también conocido como el «Convenio de Chicago», y toda la reglamentación establecida por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) y la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA).

«Está ignorando toda la normatividad que nos evaluaron para el regreso de la Categoría 1 en seguridad aérea, y estamos demostrando que seguimos violentado el derecho nacional e internacional», criticó.

Subrayó que no hay que olvidar que, a diferencia de las demás aerolíneas, ésta es una empresa de participación estatal mayoritaria, por lo que sus trabajadores y funcionarios, en consecuencia, son servidores públicos que deben estar sujetos a Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y del Código Penal.

Recomendaciones

Casas recomendó al Gobierno federal que:

Se abstenga de operar la aerolínea hasta que cumpla con todos los requisitos legales y reglamentarios.
Investigue a los responsables de la violación de la ley.
Sancione a los responsables de la violación de la ley.
Posibles consecuencias

Las consecuencias de la operación de la nueva Mexicana de Aviación sin concesión ni certificación podrían ser las siguientes:

Incumplimiento de la ley y reglamentos.
Violación de acuerdos internacionales.
Riesgo para la seguridad aérea.
Responsabilidades administrativas y penales para los responsables.

Por: Patricio Álvarez.

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