Oaxaca aprueba ley contra violencia vicaria 

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La tarde de este martes el Congreso de Oaxaca aprobó, ante la presión de colectivos feministas, una reforma al Código Penal para castigar y sancionar con cárcel de 3 a 9 años la violencia vicaria.

La propuesta de reforma fue presentada por el gobernador Salomón Jara y aprobada, de forma urgente, por la mayoría legislativa, entre ellos 30 diputados de Morena y por legisladores del PAN, PRI y PRD.

Asimismo, se determinó que a quien cometa el delito de violencia vicaria se le impondrá la pena de 3 a 9 años de prisión, además de la sanción de 100 a 500 días el valor de la unidad de medida y actualización, así como un tratamiento psicológico especializado.

Las penas previstas incrementarán en una mitad de su mínimo y máximo, cuando el individuo incurra en tráfico de influencias o corrupción de servidores públicos que intervengan en procesos administrativos y judiciales relacionados con el conflicto; cuando se valga de su cargo para ejercer la violencia y tenga como resultado el suicidio de la mujer.

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También aplicará cuando hijas, hijos o personas significativas se encuentren en situación de discapacidad o cualquier otra situación vulnerable que no le permita comprender el carácter del hecho u oponer resistencia; ejerza violencia física que deje huella en el cuerpo, suministre inmovilizantes o altere los sentidos de personas significativas para la mujer.

¿Qué es la violencia vicaria?
Constitucionalmente, lo que debe entenderse por violencia vicaria es: “Cualquier acto u omisión que, con el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres, se dirige contra las hijas o hijos, familiares o personas allegadas o ente sintiente significativo para ella, ya sea que se tenga o se haya tenido relación de matrimonio o concubinato; o mantenga o se haya mantenido una relación de hecho con la persona agresora; lo anterior aplica incluso cuando no se cohabite en el mismo domicilio”.

Desde hace poco más de dos años, ha sido una de las problemáticas más urgentes para el Movimiento Feminista a nivel nacional. Las razones de considerarla algo necesario de legislar tiene que ver con el uso en aumento de este tipo de violencia, en parte debido a que no está tipificada y, por tanto, es difícil tipificar y registrar qué está pasando con ella.

¿Cómo puede verse la violencia vicaria?

  • Raptar a las niñas, niños y adolescentes cuando no existe una sentencia que determine quién tiene la guarda y custodia. 
  • Ocultamiento o sustracción de los menores.
  • Maltrato psicológico al hablarle mal al menor de su madre, desacreditarla y anularla.
  • Levantar denuncias y demandas falsas hacia las madres.
  • Incitar a los menores a que identifiquen a otra mujer como su madre.
  • Violentar físicamente a las niñas, niños y adolescentes o a las madres.
  • Aislar a la madre de su familia y red de apoyo.
  • Criminalizar a la madre con fraudes procesales.
  • Difamarla ante su familia, amigos, en su entorno laboral y en redes sociales.

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Los estados en los que se han aprobado reformas que modifican diversas leyes para reconocer la violencia vicaria como un tipo de violencia de género y sancionarla son: Baja California Sur, Estado de México, Zacatecas, Puebla, Yucatán, Hidalgo, Sinaloa, Quintana Roo y, hoy, Oaxaca.

Es un tipo de violencia que, a decir del Exministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia, Arturo Zaldívar, está antecedido por violencia psicológica, familiar, económica, emocional, física y sexual; cuando las mujeres deciden abandonar al agresor, éste utiliza la violencia vicaria (amenazas, acoso e intento de intimidación); normalmente, ésta es una antesala del feminicidio. 

Organizaciones presumen que esta problemática está directamente relacionada con violencia vicaria. Cada día en México, 3 niños, niñas y adolescentes son asesinados, de acuerdo con datos de la Red por los Derechos de la Infancia en México (Redim). 

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