La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) autorizó la exhibición de películas dobladas al español en México, sin importar su clasificación o género.
La Primera Sala de la Corte resolvió por unanimidad que la prohibición del doblaje en las películas que no sean infantiles o documentales educativos, prevista en la Ley Federal de Cinematografía (LFC), es inconstitucional.
La Corte consideró que la prohibición del doblaje viola la libertad de comercio de los exhibidores, al limitar su capacidad para ofrecer a los consumidores una mayor variedad de opciones.
El fallo de la Corte tiene efectos inmediatos, por lo que las cadenas de cines ya pueden exhibir cualquier película doblada al español, siempre y cuando cuenten con autorización del titular de los derechos de autor y lo hagan con subtítulos.
La reforma a la LFC que prohibía el doblaje fue aprobada en 2021, con el argumento de que el doblaje altera la integridad de las obras cinematográficas.
Sin embargo, la Corte consideró que la prohibición del doblaje no logra proteger adecuadamente la integridad de las obras cinematográficas, mientras que sí limita la libertad de comercio de los exhibidores.
La Corte también resolvió que la obligación de exhibir todas las películas subtituladas al español, sin importar su clasificación o idioma original, es constitucional.
Esta obligación tiene como objetivo garantizar la inclusión de personas con discapacidad auditiva en el disfrute de las películas en salas cinematográficas.
Por: Patricio Álvarez.