Por mayoría de votos, el Pleno determina que el Estado puede mantener el registro de sentenciados por delitos de alto impacto, como homicidio y violación, incluso tras cumplir la condena
CIUDAD DE MÉXICO. — En una decisión trascendental para la política criminal del país, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó este jueves que el Gobierno de México conserve de manera permanente los antecedentes penales de personas sentenciadas por delitos graves. Con una votación de 6 contra 3, el Pleno determinó que esta medida no vulnera el derecho al trabajo ni la reinserción social, sino que funge como una herramienta de seguridad necesaria frente a crímenes de alto impacto social.
La resolución, impulsada por el ministro Aristides Rodrigo Guerrero García, confirma la constitucionalidad de la Ley Nacional de Ejecución Penal frente a las quejas de quienes consideran que estos registros estigmatizan a perpetuidad a los exconvictos.
El fallo: seguridad frente a privacidad
La Corte analizó un amparo promovido por una persona condenada en 2008 por tráfico de personas, quien argumentaba que no pudo obtener un empleo debido a que sus antecedentes seguían apareciendo en su constancia oficial. Al respecto, el máximo tribunal estableció lo siguiente:
- Distinción razonable: El ministro Guerrero García explicó que es legítimo dar un trato distinto a delitos como el feminicidio, genocidio, pornografía infantil y traición a la patria, debido a su gravedad y al daño que causan a la sociedad.
- Confidencialidad garantizada: La Corte aclaró que la base de datos es reservada. Las empresas privadas no tienen acceso directo a ella; solo el interesado puede solicitar su constancia, lo que protege el derecho a la privacidad frente a terceros.
- Requisito para cargos públicos: La ministra Sara Irene Herrerías Guerra recordó que la propia Constitución exige que, para ciertos cargos, los aspirantes no hayan sido condenados a penas mayores de 5 años, por lo que el Estado tiene la obligación de resguardar esa información.
El debate: pena vitalicia o política criminal
La decisión no estuvo exenta de polémica, generando un fuerte choque de posturas entre los ministros sobre el concepto de justicia y reinserción:
- En contra del proyecto: El ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz y la ministra Yasmín Esquivel calificaron la norma como «estigmatizante». Aguilar Ortiz advirtió que mantener estos registros equivale a una «condena vitalicia» que ignora el principio de reinserción social: «Si sostenemos esto, estamos diciendo que la cárcel no sirve para reinsertarse», señaló.
- A favor del proyecto: La mayoría argumentó que la constancia no impide el trabajo en sí misma, sino que forma parte de una política de seguridad nacional. Sostuvieron que el registro en el Sistema Nacional de Información Penitenciaria es una medida de control necesaria para el Estado mexicano.
Delitos que mantendrán el registro permanente
Bajo este criterio, los antecedentes penales no podrán ser borrados para quienes hayan sido condenados por:
- Homicidio doloso y feminicidio.
- Violación y abuso sexual infantil.
- Tráfico de personas y pornografía infantil.
- Genocidio y traición a la patria.
- Corrupción de menores y enriquecimiento ilícito.
Con esta validación, la SCJN cierra la puerta a que sentenciados por estos delitos puedan limpiar su historial criminal, priorizando el derecho de la sociedad a la seguridad y la transparencia en la ocupación de cargos estratégicos.


